Un nuevo capítulo se escribe en el largo historial judicial de Tomás Yarrington Ruvalcaba. Este 8 de abril de 2026, un tribunal federal determinó que el congelamiento de activos aplicado al exmandatario tamaulipeco es inconstitucional, obligando a las instituciones bancarias a devolverle el control total de su dinero.
▪️El error procesal que liberó los fondos
La clave de este fallo no radica en la inocencia o culpabilidad de los cargos que enfrenta, sino en un fallo administrativo de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Según la resolución, la dependencia actuó de forma unilateral al bloquear los recursos.
Bajo los lineamientos actuales de la Suprema Corte, para que un bloqueo de cuenta sea válido sin una orden judicial previa, debe existir una petición formal de un organismo internacional o autoridad extranjera. Al no presentarse este «respaldo» diplomático, la medida quedó sin sustento legal.
▪️Un respiro financiero para el exgobernador
Para la defensa de Yarrington, esta decisión es una victoria que evidencia la vulneración de derechos fundamentales durante el proceso. Aunque el exgobernador sigue bajo la lupa de la justicia por diversas acusaciones, el acceso inmediato a sus activos financieros representa un cambio estratégico en su situación legal.
Al ser una sentencia definitiva, las autoridades hacendarias se quedan prácticamente sin margen de maniobra para revertir la liberación del dinero en el corto plazo, marcando un precedente importante en el uso de facultades de la UIF en México.




